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¿Debe el sacerdote negar la comunión al pecador que se la pide?

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Al hablar de pecadores hay que distinguir. Algunos, en efecto, son ocultos, mientras que otros son manifiestos, o por la evidencia de los hechos, como son los usureros públicos y los rateros públicos, o por sentencia de un tribunal eclesiástico o civil. Pues bien, a los pecadores públicos no se les debe dar la sagrada comunión aunque la pidan. Por lo que San Cipriano escribe: Por la estima en que me tienes has querido pedirme mi parecer sobre los cómicos y sobre ese gran mago que, afincado entre vosotros, continúa todavía ejerciendo su vergonzoso arte: si debe darse a éstos la sagrada comunión, como a los demás cristianos. Pienso que desdice de la majestad divina y de la doctrina evangélica el dejar contaminar la santidad y el honor de la Iglesia con esa peste tan torpe y tan infame.

Pero si los pecadores no son notorios, sino ocultos, no se les puede negar la sagrada comunión cuando la piden. Puesto que a todo cristiano, por el mero hecho de estar bautizado, se le admite a la mesa del Señor, no se le puede privar de su derecho si no es por una causa manifiesta. Por lo que, comentando aquello de 1 Cor 5,11: Si uno entre vosotros, llamándose hermano, etc., dice la Glosa agustiniana: No podemos prohibir la comunión a nadie a no ser que espontáneamente haya confesado su culpa o haya sido procesado o condenado por un tribunal eclesiástico o civil.

Puede, sin embargo, el sacerdote que está al corriente de la culpa amonestar privadamente al pecador oculto, o advertir genéricamente a todos en público de que no deben acercarse a la mesa del Señor antes de arrepentirse de sus pecados y de reconciliarse con la Iglesia. Porque después de la penitencia y de la reconciliación no se puede negar la comunión tampoco a los pecadores públicos, especialmente en trance de morir. Por eso se lee en el Concilio de CartagoNo se niegue la reconciliación con Dios a las gentes del teatro, a los cómicos, ni a otras personas semejantes, ni a los apóstatas que se han convertido a Dios.

Santo Tomás de Aquino Suma teológica – Parte IIIa – Cuestión 80 Artículo 6

Es por esto que cuando miramos la situación de Judas el traidor debemos observar que Jesús observa lo mencionado anteriormente. Nuestro Señor conoció el pecado grave que ya había cometido Judas al aceptar el pago por traicionarlo, pero le da de comer del pan porque no era pública su intención. Judas tuvo la oportunidad de decir no soy digno y no comulgar.

Los sacerdotes deben de hacer lo mismo, siempre que no sea público el pecado, de quien pide la comunión. Esto no impide que el Sacerdote tome su tiempo y hable con la persona, si es de conocimiento del sacerdote que está comulgando en pecado.

Los políticos católicos por ejemplo, que apoyan el aborto y los matrimonios del mismo sexo no están en Comunión con Cristo y su Iglesia. Es deber del sacerdote negar la comunión a estos, por el bien de su alma y de toda la comunidad que conoce su pecado grave. Como pasó recientemente con el expresidente de los Estados Unidos Joe Biden, a quien un sacerdote le negó la Eucaristía por sus posiciones pro aborto.

En Cristo, Luis Román

Santa María ora pro nobis