Por un hombre entró el pecado en este mundo, y por el pecado, la muerte (Rom 5, 12) 1º) Si alguno, por su culpa, es privado de algún beneficio que se le ha dado, la carencia de aquel beneficio es la pena de aquella culpa. Al hombre, en su primer estado, le fue concedido por Dios este beneficio: que, mientras su espíritu estuviera sometido a Dios, se sometiesen las fuerzas inferiores del alma a la mente racional, y el cuerpo al alma. Mas, puesto que la mente del hombre se apartó por el pecado de la sujeción a Dios, se siguió que tampoco las fuerzas inferiores se sometiesen totalmente a la razón; de donde resultó tanta rebelión del apetito carnal contra la razón, que ni tampoco el cuerpo estuviese enteramente sujeto al alma. Y de aquí provienen muerte y otros defectos corporales; porque la vida y la integridad del cuerpo consisten en que éste se someta al alma, como lo perfectible a su perfección. De donde, por el contrario, la muerte y la enfermedad y cualquier defecto corporal pertenecen al defecto de sujeción del cuerpo al alma. Por lo tanto es evidente que, así como la rebelión apetito carnal contra el espíritu es pena del pecado de los primeros padres, así también la muerte y todos los defectos corporales.
2º) El alma racional es de sí inmortal, por eso la muerte no es natural al hombre por parte de su alma, sino al cuerpo que está compuesto de elementos contrarios, de donde resulta necesariamente la corruptibilidad; y en cuanto a esto, la muerte es natural al hombre. Mas Dios, que es el creador del hombre, es omnipotente, por lo cual, por un efecto de su bondad, eximió al primer hombre de la necesidad de la muerte, que es consiguiente a tal materia; cuyo beneficio, sin embargo, le ha sido substraído por el pecado de los primeros padres. Y así, la muerte es natural por la condición de la materia, y es penal por la pérdida del beneficio divino, que preserva de la muerte. (2ª 2ªe, q. CLXIV, a. 1 et ad 1)
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3º) La culpa original y la actual es removida por Cristo, esto es, por el mismo por quien se quitan también defectos corporales, conforme a aquello del Apóstol: Vivificará también vuestros cuerpos mortales por su Espíritu, que mora en vosotros (Rom 8, 11). Pero ambas cosas tienen lugar en tiempo oportuno, según el orden de la divina sabiduría, porque conviene que a la inmortalidad e impasibilidad de la gloria que fue incoada en Cristo y adquirida para nosotros por Cristo, lleguemos después de haber sido conformados primeramente con sus sufrimientos. Por consiguiente, es necesario que su pasibilidad permanezca temporalmente en nosotros para que merezcamos la impasibilidad de la gloria de una manera conforme a Cristo. (1ª 2ª, q. LXXXV, a. 5, ad 2)
Recurso: Santo Tomás de Aquino
MEDITACIONES ENTRESACADAS DE SUS OBRAS
Título de la obra en latín MEDULLA S. THOMAE AQUITATIS PER OMNES ANNI LITURGICI DIES DISTRBUITA, SEU MEDITATIONES EX OPERIBUS S. THOMAE DEPROMPTAE
Recopilación, ordenación y prólogo de FR. Z. MÉZARD O. P.
Traducción del latín por LUIS M. DE CÁDIZ