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¿Es de fe que la contrición perfecta solamente ya nos puede perdonar pecados? ¿Y qué con la confesión?

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El acto de contrición no es un sentimiento de pena, de vergüenza o de angustia. Es una disposición de la inteligencia y de la voluntad libre, no de la sensibilidad. Es una actitud de toda la persona pecadora. Es arrepentimiento, dolor, pena ante el pecado cometido por la misma ofensa hecha a Dios.

El dolor de los pecados, es motivado por el arrepentimiento de haber ofendido a Dios por ser El quien es y no sólo en virtud de los premios perdidos o castigos merecidos. Los tres elementos de este concepto; sentimiento o dolor, rechazo o renuncia, propósito de cambio, han sido y son elementos claves para autentificar el arrepentimiento, de modo que uno sólo haría dudar de la autenticidad de esta disposición moral.

Es de fe que la contrición perfecta solamente opera la justificación extrasacramental cuando va unida al deseo de recibir el sacramento. El Concilio de Trento dice: “sin embargo no debe atribuirse la reconciliación a la misma Contrición, sin el propósito que se incluye en ella de recibir el Sacramento” (“votum sacramenti”) (Cf Dz 989,). La razón es que por medio del “votum sacramenti” se unen entre sí los factores subjetivo y objetivo del perdón de los pecados: el acto del arrepentimiento por parte del penitente y el poder de las llaves por parte de la Iglesia.

Tenemos que hacer el propósito y cumplirlo de confesarnos con un Sacerdote lo antes posible.

Recursos: Chico González, Pedro (2006). Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa. Bruño.

Concilio de Trento capítulo IV

🛐 Una contrición perfecta 🤷‍♂️ ¿Qué es y para qué? 🤔 ¿No tengo que confesarme? ✝️